De Sonia Manzano

Señores de la Comisión Ocasional de Cultura de la Asamblea Nacional, Compañeros en la Cultura, Señoras y Señores.

Estoy aquí, tanto como representante de la Sociedad Ecuatoriana de Escritores, a la que preside el poeta Humberto Vinueza, cuanto como gestora independiente de Cultura, para hacer uso de mi derecho a debatir sobre. La Ley de Cultura, derecho que le es inherente a todos los ecuatorianos.

Creo necesario que mi intervención en esta mañana, arranque desde un párrafo del texto que bajo el título de “Otra desilusión”, Fernando Tinajero escribió hace pocos días a propósito del tema que ahora nos convoca en esta sala. El párrafo en mención, expresa lo siguiente: “Que yo sepa, hasta ahora se han presentado tres proyectos [de Ley de Cultura]: el de la Coordinadora de Agrupaciones Culturales, liderada por Adrián De la Torre, el que fue enviado por el Presidente Correa y el de la Casa de la Cultura; a la luz de la experiencia es presumible que la comisión respectiva estudiará el proyecto oficial dejando a los otros en una penumbra semejante al purgatorio”.


En mi caso, que es el caso de cientos de gestores que tuvimos la oportunidad de leer los tres anteproyectos mencionados, mi interés no se parcializa con la propuesta que lleva las de ganar, por razones obvias, sino que observa con igual detenimiento a los dos anteproyectos restantes; pues, como lo asevera Tinajero, “no solo los asiste el mismo derecho, sino también porque es probable que en los dos que no gozan de igual preferencia se encuentren elementos capaces de corregir las deficiencias del proyecto oficialista”.


Y claro que se encuentran los elementos a los que alude Tinajero, por lo que sería de lo más saludable para los propósitos que persigue este espacio de debate, cotejar, aunque sea a grosso modo, algunos elementos que se hacen ostensibles en cada uno de los anteproyectos presentados: en el gobiernista, que presenta un desglose minucioso de cada capítulo, en especial del atinente al tema del Patrimonio Cultural, que abarca varias páginas de este texto, como haciendo visible el peso que tiene el espacio oficialista que maneja los asuntos “patrimoniales” del Estado por sobre las competencias que le han sido asignadas al Ministerio de Cultura; en el de Adrián de la Torre, caracterizado por un estilo contundente y directo, y en el propuesto por la Casa de la Cultura Ecuatoriana: sintético, medido en sus argumentos, como sabedor de que su aportación, llamada supuestamente a ser considerada para la configuración definitiva de la Ley de Cultura, no va a ser estimada en su justa medida a la hora de afinar en un plano de necesario consenso, a este instrumento.


Comenzaré por la propuesta de Adrían De la Torre, quien como una prioridad esencial dentro del proyecto de su autoría, señala la de “transformar la visión elitista, estética y anticreativa que la gestión cultural tradicional ha impuesto a lo largo de nuestra Historia”, visión a causa de la cual, según mi criterio, el individuo común, el ecuatoriano medio, ha sido considerado por los poderes públicos como un destinatario pasivo de contenidos culturales, impuestos por los dueños y señores de la verdad cultural absoluta, y no como un sujeto activo, con pleno derecho a ser el generador y constructor de sus propias e intransferibles manifestaciones culturales.

Son varios los artículos concebidos por De la Torre que por su carácter transcendente deberían de ser incorporados en el cuerpo de una Ley de Cultura que pueda llamarse “orgánica”, en especial aquellos que hacen continuo énfasis en la importancia de la participación ciudadana en los procesos de construcción de una identidad cultural de signo verdaderamente colectivo.


El artículo # 5 del capítulo primero de este anteproyecto, por su espíritu inédito y su irrefutable importancia, debería insertarse en una Ley de Cultura que se respete, ya que señala con franqueza a aquel burócrata de Cultura, cuya acción, paradójicamente ha estado caracterizada por conculcar derechos culturales, como el causante de que muchas acciones emprendidas a favor del desarrollo de la Cultura, en términos generales, no lleguen a concretarse por falta de apoyo; circunstancia, o mejor dicho, “carencia”, frente a la cual De la Torre expresa: “El Estado sus delegados y toda persona que actúe en ejercicio de una potestad pública dentro del ámbito cultural, están obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos”.


De ninguna manera es un invento que dentro del organismo rector de la Cultura, o sea dentro del Ministerio de esta cartera, están enquistados elementos cuyo deporte favorito es el de levantar trabas u obstáculos que no sólo causan el desespero de quienes queremos hacer algo en concreto por el avance de la Cultura, sino que contradicen con su actitud los objetivos democráticos trazados por quienes confirieron la fe de bautismo respectiva al naciente Ministerio, ahora ya no tan, naciente porque ya ajusta más de dos años de creado, sin que todavía pueda ofrecer un monto estimable de resultados reales articulados a sus propósitos de transformar la Historia a través de la Cultura.


Al tenor de este artículo, considero justo y necesario que en el capítulo VI, “Control Social y Rendición de Cuentas”, artículo # 49, el proyecto oficialista destaque la importancia de establecer los mecanismos de control pertinentes, ya que “las personas en forma individual y colectiva tienen derecho a formar veedurías sobre cualquier tema de su interés en materia de cultura, así como de constituir observatorios culturales a fin de investigar y analizar la actividad de las instituciones de Cultura”.


Volviendo a De la Torre, en el capitulo de Derechos y Principios, artículo VII de su anteproyecto, se invoca con oportunidad coherente la necesidad de una autentica “participación ciudadana”, a través de este enunciado: “Todas las personas tienen el deber y el derecho de participar en la planificación pública de los temas y asuntos que les interesen o afecten sus intereses en materia de cultura”, derecho que debió ser ejercido “a priori” del diseño del anteproyecto presentado por el Ministerio de Cultura, en el que intervinieron gestores culturales en términos relativos, pero proceso del que estuvieron ausentes sectores representativos de la Cultura, muchos de cuyos actores han dejado oír sus reclamos ante la débil convocatoria a participar de la que fueron, o no fueron objeto, a través de diversos canales de comunicación, especialmente por la vía electrónica. Tal falencia es susceptible de ser subsanada, en parte, en sucesivos espacios de debate, como este, en los que las voces y opiniones de quienes no estuvieron en la instancia de la planificación, tengan la posibilidad de ser escuchadas, y receptadas, para que así puedan integrarse al todo sistémico en el que se vertebraría la Ley de Cultura. El artículo 22 expande, a futuro, la competencia que faculta al ciudadano a involucrarse activamente en los procesos “para la formación, evaluación y servicios públicos en materia de Cultura en todos los niveles del Gobierno”.


Dentro de este articulado, caracterizado por su claridad expositiva y por la franqueza funcional de sus contenidos, tiene elocuente primacía el interés de que los colectivos y personas independientes se vinculen al Sistema nacional de Cultura por medios legales y reglamentarios. Y a propósito del Sistema Nacional de Cultura, tal como lo conceptúa De la Torre, este contempla cuatro subsistemas: Subsistema de Patrimonio y memoria, Subsistema de Educación y profesionalización, Subsistema de Producción, difusión y circulación de bienes culturales, Subsistema de Servicios culturales estatales y promoción social, todos ellos merecedores de un exhaustivo análisis de parte de quienes tendrían la histórica misión de consensuar los criterios de mayor significado transformador en el espectro de la Cultura, por lo que abarcan y por la manera cómo lo abarcan, para una sistematización de ideas, previa la redacción definitiva de una Ley cuyo espíritu siempre será perfectible. A mi juicio, el Subsistema de Servicios estatales y promoción social, es aquel al que el gobierno debería destinarle los mayores recursos humanos y económicos para la concreción de sus objetivos, ya que su radio de acción se circunscribe a la “creación, desarrollo y financiamiento de los centros culturales comunitarios en coordinación con los sectores ciudadanos”, lo que invertiría, dramática y radicalmente, la acción tradicional, con visos de colonialista, que hasta hace pocos años las administraciones gobiernistas de turno habían considerado como las pertinentes para los escenarios de mayor convergencia popular. Dicho en otras palabras, la lectura sobre cultura perteneciente a una visión de tipo elitista, era impuesta en los espacios comunitarios, y eso en el supuesto de que la acción cultural hubiera llegado hasta estos, como si su población careciera de la capacidad para generar sus propias manifestaciones culturales. Una cosa muy atenida a los Derechos emanados desde una Cultura verdaderamente democrática es la de que el poder estatal juegue un papel suscitador de los saberes y haberes comunitarios proporcionándoles las herramientas técnicas y humanas para la generación, promoción y difusión de sus propios productos culturales y otra muy distinta es la de que se pretenda distorsionar, o castrar, en el peor de los casos, esas formas culturales con la imposición de influjos exógenos, con los que la cultura comunitaria puede dialogar, pero a los que no puede condicionar, bajo ningún concepto, sus signos identitarios.


Pasando al anteproyecto de Cultura del Sector oficialista, es necesario advertir, con un sentido de justicia, que este sí presenta una predisposición manifiesta a apoyar al creador independiente, que por su misma particularidad está alejada de los monopolios culturales hegemónicos.


El artículo # 8 del anteproyecto en mención, Capítulo I, Ambito y Fines, reza en su parte medular esto de: “Es prioridad del Estado apoyar en particular a los creadores y productores independientes, entendidos como los que están libres de influencia dominante por parte de los circuitos de distribución, exhibición pública o difusión masiva”, artículo que de hacerse carne en la práctica, abriría un amplio abanico de posibilidades para el, hasta aquí desprovisto de ventajas, creador independiente.


En cierta forma el Sistema Nacional de Cultura concebido por De la Torre, se conjuga con el proyecto gubernamental, ya que ambos le asignan a este una función descentralizadora, pero el texto oficialista debería garantizar de manera categórica el comportamiento no centralizador que caracterizaría al Sistema, rectificando la semántica de ciertas expresiones al respecto de este tema, las que arrojan un carácter de dirigismo, de imposición que entra en franca contradicción con las proclamas de libertad creativa que son invocadas en este anteproyecto.


Desde mi criterio, cuando en el artículo 58, Capítulo II, párrafo segundo, se expresa “La Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión actúa en el marco de los principios políticos, normas y directrices impartidas por el Ministerio de Cultura” se está cubriendo a esta Institución de un manto oficialista, por no decir que se la está cercando con una camisa de fuerza atentatoria a su naturaleza autónoma y atentatoria a los principios autónomos del verdadero Arte, al convertírsela, así como se convertirían todas las instituciones independientes que pasarían a ser dependientes de directrices oficialistas, en un simple ente replicador de ideas, acciones y pasiones emanadas desde las altas esferas del poder.


Anticipándose a esta situación, la Casa de la Cultura Ecuatoriana, en su anteproyecto, manifiesta que “el Sistema Nacional de Cultura estará integrado por Instituciones públicas y privadas que hacen Cultura, sin prejuicio de que orgánicamente sean independientes”, enfatizando, más adelante, que “El Estado debe ratificar la independencia funcional de los entes públicos integrantes del Sistema Nacional de Cultura y en particular el ejercicio plural de la Casa de la Cultura Ecuatoriana Benjamín Carrión”.


Frente a este mismo complejo tema del SNC, La Sociedad Ecuatoriana de Escritores a la que represento, considera que este, tal como estaría conformado, de acuerdo al Gobierno, resulta atentatorio contra la constitucionalidad, ya que la institucionalidad pública y privada estaría sometida al condicionamiento y control ejercidos desde toda la superestructura del Estado. El artículo 54, del mismo capítulo II, De la Estructura e Integración del Sistema Nacional de Cultura, también presenta un texto discriminatorio, como así lo juzga la Sociedad de Escritores, porque, sin duda alguna, connota que quien no está reglamentariamente dentro del SNC, simplemente no existe para dentro de la Cultura, por lo que de ninguna manera estaría facultado a ejercer sus derechos culturales.


Reafirmándome en mi postura de cuestionar lo cuestionable, pero también de rescatar lo rescatable del anteproyecto del Ministerio, no omito señalar que existen dentro de este, artículos que se constituyen en verdaderos aciertos, como los que giran en torno al tema de las Industrias Culturales (el libro, el cine, los C.D., los audiovisuales). Títulos tales como “Donaciones para la Cultura”, “Exoneraciones tributarias a favor de la Cultura”, “Fomento a nuevos emprendimientos culturales”, “Cuota de Pantalla de Cine”, “Fomento a la actividad editorial”, arrojan, en teoría, una amplia positividad, la que de ser puesta en práctica, movilizaría hacia un franco desarrollo a las todavía incipientes Industrias Culturales de nuestro País.


El oficialismo reconoce como una de las competencias del S.N.C., la de propender al desarrollo de industrias culturales interdisciplinarias, “creando incentivos en el régimen tributario y en el de la exoneración de impuestos en la importación y exoneración de los bienes culturales”.


Termino mi intervención abrigando la esperanza de que todas las expresiones vertidas en este marco de debate, no caigan en saco roto, no lleguen a oídos sordos, sino que estos sean considerados, en su fundamental importancia, como elementos significativamente aportadores en el proceso histórico de construir una Ley de Cultura que en verdad le sirva a su destinatario único e intransferible: el pueblo ecuatoriano.


Guayaquil, octubre 19 de 2009 (Auditorio del Centro Cultural Simón Bolìvar)


La Casa de los artistas en La Esperanza

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Nuevas Cartas (título sugerido por el poeta Edwin Madrid, que alude a las conocidas Cartas al Ecuador, de Benjamín Carrión) es un espacio público permanente para el diálogo, la discusión, el debate que necesitamos llevar a cabo acerca del presente y el futuro de la cultura y la vida ecuatorianas.